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martes, 29 de mayo de 2012

Los jueces tumban los ERE de la reforma laboral

Los jueces tumban los ERE de la reforma laboral
28.05.2012 Mercedes Serraller
La reforma laboral pretendía agilizar la tramitación de los ERE en favor de la empresa, pero el Gobierno no contaba con que podía generar más inseguridad jurídica y favorecer que los jueces anulen los expedientes,
como ha sucedido en la primera sentencia de un ERE posterior a la reforma.

Los juristas denuncian que la reforma laboral crea inseguridad jurídica en los ERE porque ha eliminado la autorización administrativa y, a la vez, ha permitido que las cuestiones formales determinen la nulidad del Expediente. Los abogados así lo advierten, ante la primera sentencia sobre un ERE posterior a la reforma laboral.

Se trata de un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que anula un Expediente que presentó, el pasado 13 de febrero, una empresa de ingeniería pública con pérdidas económicas recurrentes. Y destacan que las Cortes están todavía a tiempo de enmendar este asunto en las enmiendas a la reforma laboral.

La ponente de la sentencia, María del Mar Serna, ex consejera de Trabajo con el Tripartito, admite que a la empresa le asiste la causa económica central, las pérdidas acumuladas de cerca de ocho millones de euros en un sector que sigue en caída libre, pero anula los despidos porque dice que incurre en el defecto formal de no aportar las categorías profesionales de los trabajadores. Aunque, según puede comprobarse en los más de mil folios que han aportado al Tribunal, sí que consta la citada información.

Por lo tanto, a la empresa sólo le queda ahora presentar otro ERE, con la pérdida de tiempo y dinero que supone y la incertidumbre de si los jueces volverán a tumbarlo o recurrir al Tribunal Supremo, opción que ha elegido y que dilatará el conflicto por lo menos otro año.

Para que esta situación no se generalice, los expertos apuntan que basta con que se introduzca una enmienda que matice que los problemas formales no determinan la nulidad del ERE. Es suficiente con que causen su improcedencia, como ocurre con los despidos individuales. Es decir, que la empresa tenga que ofrecer una indemnización mayor.

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