Horas extras: Prosegur abre de nuevo las puertas para
llegar a acuerdos extrajudiciales
Sobre el conflicto de horas extras, podemos decir que
está prácticamente acabado. Para nuestra desgracia no es como esperábamos.
Diversas sentencias del tribunal supremo dan la razón a como realiza el
pago PROSEGUR de las horas extras, y a como lo viene realizando desde el 2009,
salvo algunas excepciones. PROSEGUR ha dado en el clavo, en los cálculos que
realizó para abonar
extrajudicialmente a los compañeros que quisieron llegar a un acuerdo, ya que estos cálculos son los que se están dando por validos a partir de ahora en los juzgados de lo social.
extrajudicialmente a los compañeros que quisieron llegar a un acuerdo, ya que estos cálculos son los que se están dando por validos a partir de ahora en los juzgados de lo social.
De la euforia que teníamos en años anteriores, donde
diversos tribunales superiores de justicia se ponían de nuestro lado al incluir
en el precio de la hora extra conceptos como la nocturnidad y festivos
realizados en nuestra jornada laboral, a la decepción que han supuesto
las sentencias del Tribunal
Supremo donde ya no cabe ningún recurso y que han servido de base para la
redacción del artículo 42 de las horas extraordinarias del actual convenio
colectivo. Si tan claro lo tenía el Tribunal Supremo, podría haber hecho el
esfuerzo de decirlo desde un principio y nos habríamos ahorrado todos,
trabajadores, sindicatos y juzgados, tiempo y esfuerzos.
A partir de ahora nos podemos encontrar en las
sentencias textos, como ha ocurrido recientemente, donde indican:
“Aunque no se ha solicitado ni insinuado en el acto
del juicio, no es sostenible ni admisible la postura actora (demandante), una
vez conocida la decisión del T.S. que fija y aclara los conceptos incluibles
para calcular la hora ordinaria, sin que sea posible seguir manteniendo el
mismo debate, y podría apreciarse el supuesto del art. 97.3 L.P.L. lo que se
deja indicado para conocimiento de la parte actora que con su actitud está
retrasando el pago a los trabajadores y obliga a celebrar un juicio cuyo resultado
conoce de antemano.”
Resumiendo, podemos tener problemas de que se nos
acuse de temeridad con la
consiguiente multa, por demandar
cuando se sabe de antemano que se va a perder, o hacer que se celebre el juicio
aun sabiendo el resultado.
En vista de estos acontecimientos PROSEGUR-Madrid ha decidido llegar a un
acuerdo con los trabajadores que tengan interpuesta demanda por las horas
extras, con los cálculos que en su día realizaron que se ajustan a lo
que desgraciadamente ha dictado el Tribunal Supremo reiteradamente en varias
sentencias. Para aquellos compañeros que ha realizado la demanda a través de
CC.OO. contra PROSEGUR y están a la espera de juicio, se pueden poner en
contacto con esta sección Sindical para ampliar esta información y valorar la
posibilidad o no de llegar a un acuerdo extrajudicial.
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