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sábado, 28 de julio de 2012

Un juez declara nula la supresión de los pluses a los trabajadores de una de las empresas de seguridad de Metro

Un juez declara nula la supresión de los pluses a los trabajadores de una de las empresas de seguridad de Metro
MADRID, 26 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado número 33 de lo Social ha declarado nula la supresión de los pluses a los trabajadores de la empresa Falcon Contratas y Seguridad, una de las concesionarias del servicio de vigilancia de Metro de Matrid, ha informado UGT en un comunicado.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el juez estima la demanda formulada por el comité de empresa de Falcon Contratas y Seguridad S.A. y declara la nulidad de la modificación colectiva y sustancial
de las condiciones de trabajo acordada el pasado 22 de marzo, en la que se disponía la supresión de todos los pluses extra.

De este modo, el juez obliga a la empresa a reponer a los trabajadores en sus anteriores condiciones salariales al no fundamentarse las causas por las que se modificaron las condiciones de trabajo.

"La modificación operada debe declararse nula por no haberse respetado las formalidades exigibles en el periodo de consultas al no haberse precisado la causa que a juicio de la demandada podría justificar la modificación de condiciones", ha señalado.

Según recoge la resolución, este litigio afecta a los aproximadamente 450 trabajadores adscritos al servicio de vigilancia en el Metro de Madrid.  

La empresa comunicó en el mes de marzo, a los representantes de los trabajadores, que se iniciaba un periodo de consultas al amparo del artº 41 del Estatuto de los Trabajadores con el objetivo de eliminar todos los pluses extraconvenio.

Según UGT, el periodo de consultas se cerró sin acuerdo, momento en que la empresa comunicó que procedía a eliminar, compensar y/o absorber dichos pluses.

La sentencia del Juzgado nº 33, declara nula la medida, al no haber explicado la empresa las causas económicas que fundamentan la eliminación de los pluses, tal y como marca el citado artículo 41 del E.T.

El colectivo más afectado por este conflicto son los trabajadores que prestan servicio de seguridad en Metro de Madrid, pues Falcon concursó por el servicio sabiendo que estos trabajadores percibían esos pluses, y en consecuencia no se trataba de una situación sobrevenida.

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