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domingo, 17 de marzo de 2013

Los principales cambios del sistema de pensiones

Los principales cambios del sistema de pensiones
Publicado el 3 de enero de 2013 por FASGA
Las modificaciones en el sistema de pensiones ya se han hecho efectivas. Desde el día 1 de enero ha entrado en vigor los últimos cambios de la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social que fue aprobada en verano de 2011. Una reforma que contempla dos grandes objetivos: ahorrar y adaptarse al envejecimiento de la población española que ya comentamos hace unos días.

En resumen, los españoles tendremos que trabajar más años y cotizar un mínimo de años mayor para poder calcular la pensión. Unos cambios que no se harán efectivos de inmediato, sino de forma gradual en el medio y largo plazo. Estos son los puntos más importantes de la nueva ley aprobada que afecta a todos los trabajadores:
  • Se aumenta de forma gradual la edad de jubilación de los 65 a los 67 años entre este año y 2027. Este incremento se hará a razón de un mes por año durante los seis primeros y de dos meses por año en los nueve restantes. Es decir, en 2013 los trabajadores se jubilaran con 65 años y un mes, en 2015 en 65 años y tres meses… Así hasta llegar a los 67 años en 2027.
  • Se incrementa de 35 a 37 los años necesarios para poder cobrar la pensión máxima, entre este año y 2027. Habrá que trabajar dos años más para cobrar el 100 por 100 de la pensión correspondiente. Esta variación también se hará de forma gradual, de forma paralela al aumento de la edad de jubilación, y se exceptuarán a aquellos trabajadores que cuando alcancen los 65 años hayan cotizado más de 38 años y medio a la Seguridad Social. Es este caso podrán cobrar la pensión máxima a esa edad. Una medida que beneficia a todos los trabajadores que están cerca de la edad de jubilación y que llevan trabajando desde edades muy tempranas. Sin embargo, hace más difícil acceder a una pensión completa a los 65 a los que son hoy en día jóvenes; ya que muchos de ellos todavía no han empezado a cotizar.
  • Se amplía de 15 a 25 años el período de cálculo las pensiones entre este año y 2022. Se mantiene en 15 años el periodo mínimo cotizado para tener derecho al 50% de la pensión que corresponda pero se eleva de forma progresiva el periodo de cotización exigido para calcular la pensión. Desde 2013, a cada ejercicio se le sumará un año hasta llegar a los 25 en 2022.            
  • Se presentan mayores facilidades para compatibilizar pensión y trabajo. Los trabajadores del sector privado que voluntariamente quieran seguir trabajando cuando llegue la edad de su jubilación podrán hacerlo siempre que el trabajador tenga cubierto el periodo de cotización necesario para recibir el 100% de la pensión.
  • Se reconoce la labor de los becarios. Las empresas que tengan a trabajadores en periodo de formación o investigación como becarios deberán cotizar por estos. Una forma de “ayudar” a los trabajadores más jóvenes a comenzar a sumar años a los mínimos establecidos.
  • Compensación para las mujeres trabajadoras con lagunas de cotización por parto o cuidado de hijos. Para que las mujeres no se vean perjudicadas por las nuevas medidas se permitirá computar nueve meses por cada hijo (con un máximo de dos años) y tres meses por hijo en caso de adopción. Estos beneficios se reconocerán a todos los efectos excepto para la suma mínima de 15 años para acceder a una pensión. Además, estos días computables como cotizados, también se aplicarán de forma gradual hasta 2019 comenzando en 112 días en 2013, 138 en 2014… hasta los 270 días por hijo en 2019 (según la tabla publicada en el Boletín Oficial del Estado).
  • Se retrasa hasta el 1 de abril los cambios referentes a jubilaciones parciales y prejubilaciones. El Gobierno quiere llegar a un acuerdo con el resto de partidos y presentó ante el Pacto de Toledo una propuesta para elevar de forma progresiva la edad anticipada de retiro forzoso a los 63 años y en 65 años la jubilación voluntaria. En el caso de las jubilaciones parciales se quiere establecer la edad mínima en los 63 años con nuevos requisitos, entre otros, que la empresa cotice íntegramente por el trabajador jubilado y su relevo.

Como ya expresamos hace unos días, es necesario que las leyes y disposiciones se adapten a la nueva realidad social y laboral. Sin embargo, esta reforma del sistema de pensiones, que contempla algunos puntos positivos, podrá demostrar que funciona y cumple con los objetivos buscados en el medio plazo, mientras que el país necesita soluciones y reformas más urgentes con la que hacer frente a la crisis que vivimos desde hace ya cuatro años y medio.
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