El derecho de ser informad@ y no sólo de esto por parte del Comité de Empresa Segur Ibérica Madrid
El primer principio en el que se basa un Comité de Empresa es el de la honestidad. Teniendo esto claro, nos vamos a uno de los deberes fundamentales, el de informar a los trabajadores
y, sobre todo, si éstos son los perjudicados. No se puede decir a toda
la plantilla que lo tratado en una reunión con la empresa, en este caso
Segur Ibérica, es secreto porque se deben al sigilo sobre información y
documentación de carácter reservado facilitada por la empresa en base al
Estatuto de los Trabajadores, artículo 65, y después, se informa, se
entrega copia de las actas sólo y en exclusiva a sus amiguetes y
colegas.
El derecho de todo trabajador es el de estar informado en todo momento de lo que acontezca en su beneficio o perjuicio.
Las actas de la reuniones deben ser públicas si no hay compromisos ni pasteleos por medio, es por eso que se solicita al Comité de Empresa y a las Secciones Sindicales de Segur Ibérica Madrid que las publiquen o las hagan llegar a sus afiliados o a l@s trabajad@s que lo pidan, y no sólo a los amiguetes y colegas.
El derecho de todo trabajador es el de estar informado en todo momento de lo que acontezca en su beneficio o perjuicio.
Las actas de la reuniones deben ser públicas si no hay compromisos ni pasteleos por medio, es por eso que se solicita al Comité de Empresa y a las Secciones Sindicales de Segur Ibérica Madrid que las publiquen o las hagan llegar a sus afiliados o a l@s trabajad@s que lo pidan, y no sólo a los amiguetes y colegas.
Por favor,
pásalo. Se valiente
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