Interpretación de los recortes en las pagas extras
NOTA
elvigilantecabreao: Algunos todavía estaremos perdidos en la interpretación del
abono de las pagas extraordinarias, por ello lo mejor es recordar como quedan,
sin más, hacemos un resumen de la interpretación que hace la Comisión Paritaria
del Convenio en su reunión de fecha 22.03.2013: No lo dudes, leelo, te sacará
de dudas:
La
comisión paritaria del día 22/03/2013, de forma unánime, pone de manifiesto la
siguiente interpretación para el correcto abono de las pagas extras de los años
2013 y 2014.
Seguidamente pasamos a la interpretación:
Paga de
Beneficios de 2012: Abonada en Marzo 2013, incluye pluses de
transporte y vestuario según tabla salarial de 2012. Paga de Julio 2013: Se abonara en concepto de los últimos 6 meses devengados de 2012 (Incluye Transporte y vestuario), y los 6 primeros meses de 2013 (No incluye transporte y vestuario).
Paga de Navidad 2013: Se abonará en relación a la tabla salarial de 2013 (No incluye transporte y vestuario).
Paga de Beneficios de 2013: Se abonará en Marzo de 2014 en relación a la tabla salaria de 2013, es decir, sin transporte y vestuario.
Paga de Julio de 2014: Se abonará en concepto de los últimos 6 meses devengados de 2013 (No incluye Transporte y vestuario), y los 6 primeros meses de 2014 con la inclusión de nuevo de los pluses de transporte y vestuario).
Paga de Navidad 2014: Se abonará de acuerdo con la tabla salarial de 2014, es decir, incluyendo transporte y vestuario.
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